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jueves, 2 de julio de 2015

Plan Ahorro 5 con exenciones fiscales: “No dejes para mañana lo que puedas hacer hoy”

“Antes hoy que mañana” (“El Quijote”) o “la peor diligencia es la que no se hace”…

El refranero español es prolijo en consejos que nos invitan a la acción. El significado real de estos pensamientos propone dejar la pereza a un lado y ser diligentes en los asuntos pendientes.

Hoy te invitamos a ahorrar a Largo Plazo aprovechando exenciones fiscales y utilizando los beneficios del interés compuesto. Es el dinero generado por la acumulación de los intereses que se obtienen al final de cada período de inversión y que se capitalizan al reinvertirse con la aportación que realizaste inicialmente.

Ventajas de ahorrar a Largo Plazo


El Corto Plazo es 1 año, el Medio Plazo de 2 a 5 años y el Largo Plazo más de 5. El nombre de esta opción se llama SIALP (Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo). Y con éste nuevo producto de ahorro, definido por la última Reforma Fiscal, tú diseñas cuál es tu nivel de ahorro “a medida” y estableces libremente un calendario de aportaciones que puedes modificar en cualquier momento.

Los requisitos establecidos por Ley para beneficiarte de las ventajas que te pueden proporcionar son:

Aportaciones máximas de 5.000 € anuales. Tú eliges si lo haces con primas periódicas o como prima única y esta aportación la puedes cambiar según te convenga, siempre que no superes el límite máximo.
La duración mínima es de 5 años para que no tributen los intereses; aunque a partir del primer año cumplido tiene liquidez, pero a costa de la exención fiscal.
Sólo puedes ser titular de uno de estos nuevos planes individuales de ahorro.
Ofrecen coberturas para fallecimiento y supervivencia.
El capital garantizado es de un 85%, como mínimo, de las primas pagadas.

Por todas estas razones resulta ser una excelente fórmula donde tus ahorros crecen para la jubilación.
Consúltanos. Nosotros somos profesionales y te podemos explicar exactamente en qué consiste.

martes, 9 de diciembre de 2014

El futuro de tu negocio es tu futuro

Consúltanos, nosotros te ayudamos a proteger todos los riesgos de tu empresa pyme


Valencia, 09/12/2014
¿Sabes que el 70 % de las pymes desaparece tras un siniestro si no están bien aseguradas? En la Correduría de Seguros Remolí Beltrán pensamos que debes estar informado y bien preparado, con la cobertura adecuada a tus necesidades y actividad. Si tu empresa no dispone de un seguro que cubra un siniestro importante, como un incendio o una inundación, Tienes un 70% de posibilidades de no poder remontar tu actividad económica, o que la empresa se paralice, se colapse, según un el estudio "Empresas 360° sobre las necesidades de aseguramiento de las empresas españolas", realizado por Mapfre, en colaboración con la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME).

Más de la mitad de las empresas españolas desconocen los costes que supondría la paralización de su actividad durante un periodo de tiempo significativo y tres de cada diez compañías tienen contratada una póliza para cubrir las pérdidas reales sufridas por la disminución del volumen de negocio y/o aumento del coste de explotación como consecuencia de un siniestro que paralice total, parcial o temporalmente el negocio.


lunes, 17 de marzo de 2014

Emprende y duerme tranquilo


Hace tiempo que te ronda por la cabeza la idea de emprender y montar tu propio negocio. Te apetece convertirte en autónomo con todo lo que significa: tomar decisiones propias y trazar el camino que quieres seguir en la vida.

Todavía te haces preguntas que contestarás a fin de año. ¿Tendrás suficiente trabajo? ¿Podrás vivir y mantener a tu familia? ¿Los clientes pagarán a tiempo?
Tu mente traza proyectos de negocio que, en ocasiones, se nublan con otras preocupaciones. Si te pones enfermo y no puedes trabajar, si se inunda el local y después descienden los clientes, si un empleado sufre un accidente laboral,...

Camina seguro

El mercado asegurador te ofrece hoy productos que te permiten dormir tranquilo. Puedes contratarlos directamente o pedir consejo. Tu gestoría se ocupa de tus asuntos contables, fiscales y laborales. Nosotros, como corredores de seguros, te ayudamos sin compromiso a descansar por la noche asesorándote con la compañía, la póliza y las coberturas que te hacen falta. Tú ocúpate de generar negocio en tu trabajo.

Para las empresas, existen los seguros obligatorios y los recomendables.

Los obligatorios son:

- Accidentes de Convenio para tus trabajadores.
- Según tu actividad, Responsabilidad Civil para posibles reclamaciones. Puede incluir:
RC Patronal (relación de empresa y trabajadores), RC de Productos (por los daños que puedan causar) y RC Explotación (por el desarrollo de la actividad).

Los recomendables son:

- Baja Laboral para Autónomos si dejas el trabajo temporalmente.
- Interrupción de Negocios, que protege la pérdida de ingresos tras un accidente.
- Multirriesgo para el local donde está tu negocio.

Estudios del sector indican que el 70% de los emprendedores españoles NO conoce los seguros que necesita. Aún es más, uno de cada 10 sería más audaz en los negocios si conociese los seguros que le protegen en base a su necesidad.

Nuestros consejos para emprender son 3:

1.- Toma la iniciativa y pon pasión en tu trabajo.
2.- Asegúrate que el negocio tiene viabilidad y es rentable.
3.- Busca profesionales para las tareas NO productivas; o sea, que NO generan ingresos directos. Aquí estamos los corredores de seguros, los abogados, gestores contables... Y tú dedícate a los clientes.
¡Suerte y adelante!


¿Mystery Shopping bancario?


Decíamos en nuestro número de febrero que “la banca ignora el 95% de las resoluciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores favorables a los consumidores”.

En nuestro país todavía se sienten las consecuencias de las participaciones preferentes y otras supuestas prácticas irregulares de comercialización.

Para corregir estos problemas, la presidenta de la CNMV, Elvira Rodríguez, ha pedido al Gobierno español una reforma de la institución que le permita actuar con más flexibilidad y autonomía. En ese documento, propone la creación del denominado mystery shopping bancario.

¿Y qué es este mystery shopping?

Bien, se trata de unos inspectores de incógnito, que se hacen pasar por clientes, y vigilan cómo comercializan las entidades financieras sus productos. Con la información recibida redactarían un acta para completar las actuales supervisiones especiales.

La propuesta de la CNMV abre una nueva utilidad para esta técnica muy extendida por Europa: vigilar el cumplimiento de las buenas prácticas e, incluso, se podrían controlar los cumplimientos de la Ley de Blanqueo de Capitales, LOPD...

miércoles, 15 de mayo de 2013

Diez horas en el infierno de Bermeo



El peor incendio en 30 años empezaba a las 3:45 horas de la madrugada del 11 de abril. Los bomberos trabajaron hasta las 13:45 para apagar el fuego que se propagó rápidamente a tres edificios vecinos. Un descuido en una casa vacía fue el detonante de la tragedia aquella noche. Setenta personas se han quedado en la calle con la ropa que llevaban puesta, que a esas horas seguramente era un pijama y unas zapatillas. ¡Qué lejos estaban de imaginar semejante susto! Por suerte, el holocausto sólo se cebó en daños materiales. El drama
no es quedarte sin casa, sin ropa, sin papeles, sin fotos, sin libros, sin recuerdos… y sin futuro. El drama es preguntarte, ¿ahora qué? Pero la pregunta no es solo esa, ni tampoco ¿por qué a mí? La pregunta es... ¿Qué tengo que hacer? ¿Está bien hecho mi seguro? ¿me pagarán? ¿Hasta cuánto? Después de todos los esfuerzos para hacer realidad el sueño de tener casa propia bien vale la pena proteger lo que tanto costó tener. Las ventajas de un buen seguro se basan en recuperar el valor de los bienes afectados o perdidos y el sosiego de que un evento perjudicial no modifique tu calidad de vida, y nosotros estamos para asesorarte, acompañarte y defenderte siempre antes, durante y después de la compra de tu seguro y siempre estando a tu lado para defender tus intereses. Eres la razón de nuestro negocio.

Prohibir vincular hipotecas a seguros.

Cuando compres una vivienda vas a estar mejor informado sobre tu hipoteca y, además, estarás protegido contra los abusos financieros. El banco NO podrá obligarte a suscribir tu seguro de vida, tu plan de pensiones o tu seguro contra incendios. Tendrás plena libertad para escoger la compañía que consideres más adecuada. Hemos recibido con satisfacción esta iniciativa de la Unión Europea para impedir vincular la hipoteca con la
adquisición de seguros. La Directiva Europea todavía debe ser aprobada por el pleno del Parlamento y los estados miembros, que disponen de un período de tiempo de 2 años
para implementarla. Sin embargo, los corredores de seguros consideramos
que “cuanto antes se aplique mejor” porque te beneficia directamente. Sobre esta decisión de Bruselas puedes manifestar tu opinión y seguirnos en el hashtag de twitter, #segurolibre y #libertadparaelconsumidor.

¿Duermes tranquilo?

La difícil situación del país nos hace caer en la trampa de reducir costes en todo, sin embargo hay situaciones en las que supone un error recortar. Un restaurante puede reducir costes en la marca de la botella de agua, pero no puede hacerlo apagando las luces y, mucho menos, ahorrar en calefacción o aire acondicionado. Es una tontería desconectar la cafetera y encenderla solo si te piden un café porque consume mucho. La psicosis de recortar nos
hace cometer errores irreversibles, como en el caso de los seguros cuando declaramos menos valor del que corresponde. Esto se llama: infraseguro.

¡Que peligroso añadir más riesgos! Y lo peor… creer que tienes todo en orden. Porque si además de los riesgos naturales que existen, prescindes de un seguro en condiciones, lo único que consigues es empeorar el posible panorama en caso de siniestro. Si hoy la cosa está complicada, añádele otro factor a la fórmula.

Un infraseguro, para definirlo bien, supone que contratas una póliza y otorgas al bien garantizado un valor inferior al que realmente tiene. En efecto, aparentemente” te ahorrasun poco de dinero al contratar, pero te deja en el aire si algo llega a ocurrir.
Para explicarlo mejor, te voy a poner un ejemplo: tus muebles y enseres tienen un valor de 60.000 euros, pero los aseguras únicamente por 30.000 euros y ocurre un accidente. Te van a
indemnizar en la proporción que has asegurado, es decir un 50%. Pero tu error es creer que estás cubierto hasta 30.000 euros y no es así, porque en caso de siniestro te indemnizarán aplicando la misma regla proporcional.
En seguros tu no compras una póliza, compras una cobertura y para eso tienes que saber que no hacerlo correctamente tiene graves implicaciones.


Documentos imprescindibles en tu coche

Con el buen tiempo, somos muchos los que salimos a la carretera. Es posible que te encuentres con un control policial. Siempre debes tener a mano 3 documentos:
1.- Permiso de conducción. Es el carnet de conducir de toda la vida. Puedes sustituirlo por una autorización provisional de la Dirección General de Tráfico si estás tramitando o renovando el permiso.
2.- La licencia de circulación. Entre otros datos fundamentales, incluye la matrícula, la fecha de matriculación y el número de bastidor.
3.- Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV). Según la antigüedad de tu vehículo, también es obligatoria la pegatina de la ITV y su informe. En nuestro país es posible sustituir el original por fotocopia compulsada, pero si circulas por el extranjero, debes llevar siempre los documentos originales.

Recomendados
NO son obligatorios, pero SÍ recomendables: la póliza del seguro y el recibo de estar al corriente de pago y, también, el recibo de pago del impuesto municipal de circulación.

Seguros “raros

Los seguros más extraños de la historia suelen corresponder a la firma Lloyd´s de Londres. Algunos de ellos son:
1.- La sonrisa de Betty “la fea”, en más de 13 millones de dólares.
2.- Los dedos de Keith Richards (guitarrista de los Rolling), las piernas de la actriz Marlene Dietrich o la cintura de Bette Davis.
3.- Los pilotos de Fórmula 1 suelen firmar seguros de vida. Los más cotizados están en torno a los 65 millones de dólares y los de menor nivel en 650.000.

Las aseguradoras ofrecen depósitos con mayor remuneración que los bancos

El Banco de España se ha puesto “muy serio” con la captación de clientes por parte de entidades financieras a través de depósitos de alta remuneración durante este año 2013. La
recomendación” todavía no es oficial, pero SÍ es vinculante su puesta en práctica. Por tanto, los depósitos se han limitado a remuneraciones que, en todos los casos, están por debajo de la inflación.

Sin embargo, las compañías de seguros ofrecen rendimientos por encima de este indicador. Son depósitos de ahorro todavía poco conocidos, pero con rendimientos muy interesantes.

Además ante esta situación de incertidumbre resultan especialmente interesantes los productos de ahorro y de inversión que ofrecen las aseguradoras ya que en España los seguros de vida no son embargables (art. 88 Ley 50/80 de 8 de octubre), por tanto, si asistiéramos eventualmente a una quita de los depósitos, esto no afectaría a los productos
contratados en las Compañías de Seguros, que garantizan el 100% de la prima garantizada con todo su patrimonio.

jueves, 18 de abril de 2013

De corrales y corralitos


Si a todos los depositantes del banco más seguro del mundo se les ocurriera sacar su dinero el mismo día, se calcula que únicamente podrían pagarle al 7% de ellos y el banco se quedaría vacío, sin dinero. Por eso son peligrosos los períodos de incertidumbre, porque las personas podemos acudir en masa a nuestros bancos para recuperar los depósitos.
“Corralito” es un término que se acuñó en Argentina en el mes de diciembre de 2001 cuando el gobierno restringió la libre disposición del dinero en efectivo, que estaba colocado en plazos fijos, cuentas corrientes y cajas de ahorros. Dicho en otras palabras: nadie podía tocar“su propio dinero”. El efecto de estas medidas es evitar la fuga de fondos del sistema financiero para evitar el pánico entre los depositantes, pero lo que ocurre es justo lo contrario. Hace unos días se propone esta misma situación, y esta vez es en Europa, concretamente en Chipre. Nos hacemos entonces la siguiente pregunta: y si no es en el banco, ¿dónde guardamos nuestros ahorros? Hay respuesta: en las Compañías Aseguradoras. Son depósitos de ahorro de alta remuneración menos conocidos pero que ofrecen rendimientos superiores a los bancarios con solvencia y seguridad. Consúltanos, comprobarás que existen otras opciones para nuestros ahorros.

A partir de Julio puedes reclamar tu seguro pendiente si cancelas la
hipoteca.

En época de “vacas gordas” era habitual que el banco te concediera una hipoteca y te obligase a contratar un seguro de vida para garantizar el cobro del préstamo en caso de fallecimiento, invalidez e incluso en algunos casos, paro. Con este objetivo se han comercializado pólizas donde pagas de una vez y de forma anticipada por todos los años de
hipoteca.
El problema surge cuando cancelas la hipoteca antes de tiempo. En este caso, el Banco de España te garantiza el derecho a recuperar la parte de la “prima de seguro no consumida” que has pagado, pero que no vas a utilizar. Algo que hasta ahora no sucedía.
¿Qué ha ocurrido? Según la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas de Ahorro (ADICAE) este tipo de seguros ha afectado a casi la mitad de las hipotecas. El coste medio de un seguro de vida para una hipoteca entre 200.000 y 250.000 euros oscila entre 7.000 y 13.000 euros en 30 años. Como se trata de una póliza muy elevada era frecuente incluir el pago dentro de la hipoteca, de forma que se incrementaba el importe a financiar y, también, el coste del seguro que estaba gravado con un tipo de interés.
 Ante esta situación, el Banco de España ha dicho: “Se considera una mala práctica bancaria que las entidades consientan en mantener contratados los seguros suscritos simultáneamente a la formalización del préstamo tiempo después de haber cancelado éste”.

Cuidado con lo que te cae desde arriba.
Hoy es 15 de febrero. Son las 9:10 de la mañana en Chelyabinsk, una ciudad de un millón de habitantes a 150 kilómetros de Moscú. Alexey Koslov es un empleado de la fábrica de zinc y está a punto de salir de casa, pero antes le da un beso a su hija Irina de 3 años y se asegura que está bien tapada porque en la calle hay 18 grados bajo cero. Está oscuro y, mientras camina para esperar el autobús, una luz inmensa surca el cielo y convierte la noche en día.
De repente la luz pasa a segundo plano y se oye una explosión, ruido de golpes y cristales rotos, acompañados por las alarmas de los coches estacionados. Nadie sabe qué sucede, pero Alexey corre hacia su casa. Por el camino encuentra a personas con cortes en la frente y en las manos mientras rugen las sirenas de los coches de bomberos y ambulancias. Cuando llega, observa que todos los cristales del edificio están rotos y que la “bomba” ha explotado
cerca. Entra en casa y la pequeña Irina llora asustada abrazando a su madre Anastasia. Alexey intenta encender el televisor, pero está destrozado. Hace frío, la calefacción está estropeada, los cristales han desaparecido... ¿Has pensado alguna vez qué ocurre si te cae algo del cielo y destroza tu vivienda? En Chelabinsk se rompieron más de 180.000 metros cuadrados de cristales. Más de 3.000 casas resultaron severamente dañadas, cerca de 800 televisores totalmente destrozados y más de 1.500 personas
con heridas. Una roca de 17 metros y un peso de 10.000 toneladas a una velocidad de 18 kilómetros por segundo ha causado muy pocos destrozos, a pesar de haber liberado energía equivalente a 30 bombas atómicas como la de Hiroshima. Sin embargo, el meteorito no cayó allí, fue localizado en un lago a 80 kilómetros de Chelyabinsk… solo “pasó cerca”. ¿Quién paga todos los daños que se han causado? ¿el meteorito? Los seguros se hacen cargo de ello a través de la garantía de “riesgos extensivos” que se deben contratar con
vuestros seguros de hogar, comercio, pymes, etc., esta garantía cubre, entre
otros, los daños por impacto, viento, pedrisco, nieve, actos vandálicos, por
humos, etc. Por cierto, el protagonista de nuestra historia se asesoró bien a través de un profesional al contratar su seguro y todo se va a arreglar.

¡Cumple las normas!
NO cumplir con las normas de circulación te puede causar más de un problema en caso de siniestro. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha negado la indemnización a un accidentado que no llevaba puesto el cinturón de seguridad. Iba sentado en el asiento del copiloto y salió disparado a través del parabrisas por NO llevar el cinturón de seguridad.
¡Cuidado! si NO tienes tu ITV al día. Desde Enero de este año, Tráfico ha decidido perseguir a los conductores que no llevan la ITV en regla. Las estadísticas indican que un 20% de los coches no han pasado la ITV y que hay otro 20% que ha ido a la ITV, no ha pasado la revisión y tampoco ha vuelto. Ten en cuenta que el incumplimiento de esta obligación puede causarte problemas con tu seguro. Cumpliendo las normas, proteges tus intereses.



Partes de accidentes.
Mostramos 2 partes de accidentes enviados a una compañía aseguradora. Ambos son ciertos. 1.- “Después de conducir durante 30 años sin dormirme, justo ese día me quedé durmiendo al conducir y no me di cuenta de que mi coche se estaba saliendo hacia un lado de la
carretera. Si no me llego a dormir, lo hubiese impedido yo mismo.           
2.- Si dar un golpe a un camión estacionado que no tenía ni personas es tener un accidente, entonces es culpa mía”.



Precio único en los seguros de hombres y mujeres.
Desde este año, los seguros tienen un precio único para hombres y mujeres y queda prohibido a las aseguradoras cobrar tarifas diferentes en función del sexo. Esta medida es consecuencia de la aplicación de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea. Un ejemplo de este tipo de prácticas se producía en el caso de seguros de automóviles, donde se cobraba más a un hombre que a una mujer, al entender que éstos tienen más accidentes. Otro ejemplo se daba con las prestaciones vitalicias, en las que pagaba más una mujer porque estadísticamente su esperanza de vida es mayor que la de un varón.

jueves, 18 de octubre de 2012

Los mediadores de seguros notifican más de la mitad de siniestros causados por el temporal


Un equipo de 160 peritos tasadores ha iniciado ya las labores para valorar los daños de los siniestros causados por las inundaciones producidas en la zona oriental de Andalucía, Murcia y Comunidad Valenciana a finales del mes de septiembre.

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) espera gestionar cerca de 20.000 siniestros tras las inundaciones. Por el momento, el CCS ha registrado un total de 11.800 solicitudes de indemnización, de ellas, 4.590 proceden de Valencia y 500 de Alicante.

Hasta el momento, los mediadores de seguros, entre ellos Remolí Beltrán Correduría de Seguros, han presentado más de la mitad de las solicitudes de indemnización (51,87%), seguidos por asegurados (25,43%) y entidades aseguradoras (22,7%). Mientras que los mediadores de seguros han realizado las gestiones principalmente a través de la web del CCS, los asegurados han optado por la atención telefónica.

Para hacer frente al volumen de solicitudes, el CCS ha tenido que ampliar la plataforma telefónica y activar un buzón de voz que permite al asegurado facilitar su teléfono de contacto cuando la línea comunica. Por el momento, la plataforma ha emitido 3.394 llamadas a aquellos asegurados, entidades aseguradoras y mediadores de seguros que dejaron sus datos de contacto en dicho buzón.

Del total de solicitudes recibidas, 6.906 corresponden a viviendas y comunidades de propietarios, 3.048 a vehículos, 1.430 a comercios, 285 a industrias, 117 a oficinas y 14 a obras civiles.

Los peritos del CCS han comenzado, por tanto, a contactar con los asegurados y a visitar los riesgos dañados que tienen asignados. En cuanto a las dudas planteadas a los peritos por los asegurados, el CCS ha emitido una nota en la que se aclaran cuestiones relacionadas con la cobertura de los gastos de desembarre y extracción de lodo, y la cobertura por tempestad, aplicable a los municipios de Gandía y Xeraco.

El CCS aclara en dicha nota que también registrará, tramitará y peritará las solicitudes de indemnización recibidas después del periodo de 7 días que establece la Ley de Contrato de Seguros. Además, independientemente de las estimaciones que establecen unas indemnizaciones por valor de 120 millones de euros, el Consorcio “abonará la totalidad de las indemnizaciones que correspondan con arreglo a las pólizas de seguro que amparen a los bienes dañados y a la legislación del seguro de riesgos extraordinarios”.

Puedes consultar la comunicación del Consorcio de Compensación de Seguros aquí.

Si has sufrido algún siniestro por el temporal y aún no lo has tramitado, contacta con Remolí Beltrán Correduría de Seguros y te ayudaremos.

jueves, 11 de octubre de 2012

El seguro de Responsabilidad Civil del administrador concursal ya es obligatorio



El Real Decreto 1333/2012 de 21 de septiembre, emitido recientemente por el Consejo de Ministros, regula el seguro de Responsabilidad Civil o garantía equivalente exigible a los administradores concursales, para responder de su obligación de indemnizar al deudor o a los acreedores por los daños que pueda causar a la masa activa durante un concurso de acreedores.

Con esta reforma, además de ampliar las responsabilidades y obligaciones de los administradores concursales, encargados de la administración de empresas de terceros en concurso de acreedores, se obliga a contar con un seguro de Responsabilidad Civil para desempeñar dicha función, tal como ya es habitual en otros países de la Unión Europea.

El Real Decreto exige contar con esta póliza como requisito previo al nombramiento y ejercicio del cargo del administrador concursal. Por tanto, la cobertura se debe mantener durante toda la tramitación del proceso concursal y la suma asegurada exigible variará en función, tanto del número de concursos en los que intervenga el administrador concursal, como de su entidad y complejidad.

Tal y como consta en el artículo 8 de dicho Real Decreto, la suma mínima asegurada exigible oscilará entre los 300.000 euros y los 3 millones de euros, dependiendo del número, entidad y complejidad de los concursos. En cuanto a las personas jurídicas, la ley exige una suma mínima asegurada de 2 millones de euros, que puede elevarse a cuatro millones cuando intervenga en concursos de mayor complejidad. Hay que tener en cuenta que, como siempre, las leyes establecen los mínimos, pero no los máximos, por lo que podrán contratar cualquier otro capital asegurado, siempre que sea superior al mínimo exigido.

Desde Remolí Beltrán Correduría de Seguros consideramos que con esta nueva regulación se conseguirá una mayor seguridad jurídica para las empresas en concurso y los acreedores.

jueves, 6 de septiembre de 2012

Aclaraciones sobre la subida del IVA


La incertidumbre ciudadana causada por la subida del IVA ocupa la primera plana de medios de comunicación desde su entrada en vigor el día 1 de septiembre, y coincidiendo con el nuevo curso escolar.

Por este motivo, desde Remolí Beltrán Correduría de Seguros queremos aclarar que, dado que la actividad aseguradora está exenta de IVA y por tanto no podemos repercutirlo en las facturas de las pólizas, nuestros clientes no se verán afectados por esta medida.

En cambio, la modificación del IVA sí que afecta a nuestra actividad, puesto que la subida del Impuesto sobre el Valor Añadido supone un incremento en nuestros costes de un 2% (del 8 al 10%) del tipo reducido y en un 3 puntos porcentuales (del 18 al 21%) para el tipo general, que afecta a servicios tales como los suministros de electricidad, agua, teléfono, alquiler de oficinas, asesores, publicidad, etc.

Además, el nuevo IVA podrá tener un impacto en la siniestralidad en la medida que haya costes sujetos a IVA o proveedores que soporten gastos con IVA en su actividad y acaben trasladándonoslos. Por ejemplo, el ramo de Decesos se verá especialmente afectado, puesto que los servicios funerarios pasan del tipo reducido anterior (8%) al nuevo tipo general (21%).

Independientemente de los cambios de los servicios de un tipo a otro y de la subida en los porcentajes del impuesto, desde Remolí Beltrán Correduría de Seguros, recordamos una vez más que esta medida no influirá en el importe de las primas de nuestros clientes.

jueves, 12 de julio de 2012

Remolí Beltrán Correduría de Seguros estrena nueva web

 
Desde Remolí Beltrán queremos adaptarnos a las nuevas necesidades y tendencias del mercado con una nueva web, a la que hemos querido dar un diseño más fresco y actual.

El nuevo site de Remolí Beltrán cuenta con un diseño más intuitivo, con el que se buscado potenciar al máximo la navegabilidad y usabilidad de la página. De un modo sencillo y práctico, se presenta al usuario información didáctica y accesible sobre nuestros productos para empresas y particulares.

En Remolí Beltrán Correduría de Seguros, la seguridad de nuestros clientes es lo primero. Por eso, hemos incluido una sección en la que se facilitan los teléfonos de urgencias de las principales compañías aseguradoras. Y para ponértelo aún más fácil, puedes ponerte en contacto con nosotros a través de un formulario de contacto. Rápido y sencillo.

Además, desde nuestra sección de noticias te acercaremos la actualidad del sector de los seguros y te mantendremos informado acerca de nuestras promociones y novedades. También te ofreceremos consejos interesantes, que pueden resultarte útiles a la hora de contratar tus pólizas.

También hemos puesto en marcha nuevos perfiles en las principales redes sociales con el fin de establecer canales de comunicación cercanos y abiertos, a través de los que puedes plantearnos dudas o sugerencias. Síguenos en Facebook, Twitter y Google+.

Remolí Beltrán Correduría de Seguros, de tu lado y a tu lado.

jueves, 5 de julio de 2012

El mejor seguro para empresas de consultoría informática en Remolí Beltrán

Hace poco se ha dado a conocer un informe que revela que la seguridad cibernética es una de las mayores preocupaciones de las empresas europeas y, pese a ello, circulan por el mercado de los seguros multitud de productos que no ofrecen coberturas específicas para riesgos digitales. Este mismo informe indica que las políticas europeas de seguridad cibernética y la legislación, deben complementarse con un mercado de seguros cibernéticos centrado en la prevención.

El actual entorno en el que se desenvuelven las empresas de informática es muy cambiante y dinámico, lo que supone un gran reto para estas compañías. Sin embargo, este mismo entorno, lleno de oportunidades, expone a las empresas de forma inevitable a nuevos y continuos riesgos.

En Remolí Beltrán Correduría de Seguros contamos con una solución pensada específicamente para las empresas de consultoría informática, con una amplia y adecuada selección de coberturas, que ofrece una contratación cómoda y sencilla.

Concretamente, este seguro cubre la actividad de distribuidores, implantadores y diseñadores de software, proveedores de servicios de Internet, creadores de páginas web, servicios informáticos de outsourcing, asesoramiento informático, proceso de datos, diseñadores de juegos electrónicos, o cualquier otro servicio profesional de consultoría informática.

Se trata de una póliza que ofrece amplias coberturas y extensiones a medida del riesgo profesional de cualquier consultoría informática, con precios muy competitivos y menores franquicias. Además, este seguro cuenta con un anexo de cobertura RC General incluido, con límite independiente (no compartido con Responsabilidad Civil Profesional).

Entre otras coberturas, esta póliza ofrece la indemnización por daños y perjuicios derivados de actos profesionales incorrectos y de errores en productos tecnológicos, gastos de defensa y restitución de imagen, la pérdida y restauración de registros informáticos, o la indemnización a terceros por infidelidad de empleados.

Si estás interesado en este servicio, ponte en contacto con nosotros, en Remolí Beltrán te asesoraremos para que puedas contar con un seguro totalmente adaptado a tus necesidades.

Imagen: Freedigitalphotos.net

jueves, 7 de junio de 2012

Deducciones fiscales de los seguros médicos para empresas

 
En Remolí Beltrán Correduría de Seguros somos mediadores oficiales colegiados, por lo que asesoramos a nuestros clientes acerca de los productos más ventajosos con total profesionalidad. Todo lo que beneficia a nuestros clientes, es bueno para nosotros. Por eso, hoy queremos hablaros de las ventajas fiscales que puede reportar la contratación de seguros de salud para empresas.

El importe de los seguros de salud, de hasta 500 euros por asegurado, que una empresa contrata para sus trabajadores y su familia no tributa en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). Esto implica que, en una familia de cuatro miembros, se podrían contratar seguros por un importe total de 2.000 euros anuales, sin que éste tributase.

En este sentido, la Ley del IRPF establece que los gastos por seguro médico no constituyen una retribución en especie y no se consideran rendimientos de trabajo, por lo que no tributan físicamente, hasta el límite de 500 euros anuales por persona, pudiendo dar cobertura al trabajador, su cónyuge y descendientes. Asimismo, la legislación establece que el exceso sobre esta cuantía sí constituirá retribución en especie.

Por otra parte, las primas o cuotas satisfechas por las empresas son un gasto deducible en el Impuesto de Sociedades.

Hay que tener en cuenta que la Agencia Tributaria considera que, para que este tipo de seguros se consideren como rendimientos del trabajo en especie, es necesario que exista una relación laboral entre los trabajadores y la empresa. Por tanto, no es aplicable esta deducción a los seguros de salud que paguen las empresas a los trabajadores que sean socios de éstas, puesto que se consideran rendimientos derivados del trabajo. Y lo mismo sucede con los administradores de sociedades que sólo realizan las funciones propias de administrador y no tienen una relación laboral propiamente dicha con la empresa.

En cuanto a los trabajadores autónomos que tributan por estimación directa, también pueden beneficiarse de esta desgravación fiscal al contratar un seguro médico privado tanto para él como para su cónyuge e hijos.

La Ley del IRPF también establece que son deducibles las primas de seguro satisfechas por el contribuyente en la parte correspondiente a su propia cobertura y la de su cónyuge e hijos menores de 25 años que convivan con él, al ser considerado como rendimiento limpio en estimación directa. En este caso, el límite máximo de deducción también será de 500 euros por cada una de las personas señaladas anteriormente.