El peor incendio en 30 años empezaba a las 3:45
horas de la madrugada del 11 de abril. Los bomberos trabajaron hasta las 13:45
para apagar el fuego que se propagó rápidamente a tres edificios vecinos. Un
descuido en una casa vacía fue el detonante de la tragedia aquella noche. Setenta
personas se han quedado en la calle con la ropa que llevaban puesta,
que a esas horas seguramente era un pijama y unas zapatillas.
¡Qué lejos estaban de imaginar semejante susto! Por suerte, el holocausto sólo
se cebó en daños materiales. El drama
no es quedarte sin casa, sin ropa, sin papeles, sin
fotos, sin libros, sin recuerdos… y sin futuro. El drama es preguntarte, ¿ahora
qué? Pero la pregunta no es solo esa, ni tampoco
¿por qué a mí? La pregunta es... ¿Qué tengo que hacer? ¿Está bien hecho mi
seguro? ¿me pagarán? ¿Hasta cuánto? Después de todos los esfuerzos para hacer
realidad el sueño de tener casa propia bien vale la pena proteger lo que
tanto costó tener. Las ventajas de un buen seguro se basan en
recuperar el valor de los bienes afectados o perdidos y el sosiego de
que un evento perjudicial no modifique tu calidad de vida, y
nosotros estamos para asesorarte, acompañarte y defenderte siempre
antes, durante y después de la compra de tu seguro y siempre estando a
tu lado para defender tus intereses. Eres la razón de nuestro
negocio.
Prohibir vincular
hipotecas a seguros.
Cuando compres una vivienda vas a estar
mejor informado sobre tu hipoteca y, además, estarás protegido contra los
abusos financieros. El banco NO podrá obligarte a suscribir tu seguro
de vida, tu plan de pensiones o tu seguro contra incendios. Tendrás
plena libertad para escoger la compañía que consideres más adecuada. Hemos
recibido con satisfacción esta iniciativa de la Unión Europea para impedir
vincular la hipoteca con la
adquisición de seguros. La Directiva
Europea todavía debe ser aprobada por el pleno del Parlamento y los estados
miembros, que disponen de un período de tiempo de 2 años
para implementarla. Sin embargo, los
corredores de seguros consideramos
que “cuanto antes se aplique mejor”
porque te beneficia directamente. Sobre esta decisión de Bruselas puedes
manifestar tu opinión y seguirnos en el hashtag de twitter, #segurolibre y
#libertadparaelconsumidor.
¿Duermes tranquilo?
La difícil situación del país nos hace
caer en la trampa de reducir costes en todo, sin embargo hay situaciones en las
que supone un error recortar. Un restaurante puede reducir costes en la marca
de la botella de agua, pero no puede hacerlo apagando las luces y, mucho menos,
ahorrar en calefacción o aire acondicionado. Es una tontería desconectar la
cafetera y encenderla solo si te piden un café porque consume mucho. La
psicosis de recortar nos
hace cometer errores irreversibles,
como en el caso de los seguros cuando declaramos menos valor del que
corresponde. Esto se llama: infraseguro.
¡Que peligroso añadir más riesgos! Y lo peor… creer que tienes todo en orden. Porque si además
de los riesgos naturales que existen, prescindes de un seguro en
condiciones, lo único que consigues es empeorar el posible panorama
en caso de siniestro. Si hoy la cosa está complicada, añádele otro factor
a la fórmula.
Un infraseguro, para definirlo
bien, supone que contratas una póliza y otorgas al bien
garantizado un valor inferior al que realmente tiene. En efecto, “aparentemente”
te ahorrasun poco de dinero al contratar,
pero te deja en el aire si algo llega a ocurrir.
Para explicarlo mejor, te
voy a poner un ejemplo: tus muebles y enseres tienen un valor de
60.000 euros, pero los aseguras
únicamente por 30.000 euros y ocurre un
accidente. Te van a
indemnizar en la proporción
que has asegurado, es decir un 50%. Pero tu error es creer que estás cubierto
hasta 30.000 euros y no es así, porque en caso de siniestro te indemnizarán
aplicando la misma regla proporcional.
En seguros tu no compras una
póliza, compras una cobertura y para eso tienes que saber que no hacerlo
correctamente tiene graves implicaciones.
Documentos imprescindibles en tu coche
Con el buen tiempo, somos
muchos los que salimos a la carretera. Es posible que te encuentres con un
control policial. Siempre debes tener a mano 3 documentos:
1.- Permiso de conducción. Es el carnet de conducir de toda la vida.
Puedes sustituirlo por una autorización provisional de la Dirección General de
Tráfico si estás tramitando o renovando el permiso.
2.- La licencia de circulación.
Entre otros datos
fundamentales, incluye la matrícula, la fecha de matriculación y el número de
bastidor.
3.- Tarjeta de Inspección
Técnica del Vehículo (ITV). Según la antigüedad de tu vehículo, también es obligatoria la pegatina de la ITV y su informe. En nuestro
país es posible sustituir el original por fotocopia compulsada, pero si circulas por el extranjero, debes llevar siempre los documentos originales.
Recomendados
NO son obligatorios, pero
SÍ recomendables: la póliza del
seguro y el recibo de estar al corriente de pago y, también, el recibo de pago del impuesto
municipal de circulación.
Seguros “raros”
Los seguros más extraños de la historia suelen
corresponder a la firma Lloyd´s de Londres. Algunos de ellos son:
1.- La sonrisa de Betty “la fea”, en más de 13 millones de dólares.
2.- Los dedos de
Keith Richards (guitarrista de los Rolling), las piernas de la actriz Marlene
Dietrich o la cintura de Bette Davis.
3.- Los pilotos de Fórmula 1 suelen firmar seguros de vida. Los más cotizados están en torno a los 65
millones de dólares y los de menor nivel en 650.000.
Las aseguradoras ofrecen depósitos con mayor remuneración que los
bancos
El Banco de España se ha
puesto “muy serio” con la captación de clientes por parte de entidades
financieras a través de depósitos de alta remuneración durante este año 2013. La
“recomendación” todavía no es oficial, pero SÍ es vinculante su puesta
en práctica. Por tanto, los depósitos se han limitado a remuneraciones
que, en todos los casos, están por debajo de la inflación.
Sin embargo, las compañías
de seguros ofrecen rendimientos por encima de este indicador. Son depósitos de ahorro todavía
poco conocidos, pero con rendimientos muy interesantes.
Además ante esta situación
de incertidumbre resultan especialmente interesantes los productos de ahorro y de
inversión que ofrecen las aseguradoras ya que en España los seguros de vida no
son embargables (art. 88 Ley 50/80 de 8 de octubre), por tanto, si asistiéramos
eventualmente a una quita de los depósitos, esto no afectaría a los productos
contratados en las
Compañías de Seguros, que garantizan el 100% de la prima garantizada con todo su
patrimonio.