miércoles, 15 de mayo de 2013

Diez horas en el infierno de Bermeo



El peor incendio en 30 años empezaba a las 3:45 horas de la madrugada del 11 de abril. Los bomberos trabajaron hasta las 13:45 para apagar el fuego que se propagó rápidamente a tres edificios vecinos. Un descuido en una casa vacía fue el detonante de la tragedia aquella noche. Setenta personas se han quedado en la calle con la ropa que llevaban puesta, que a esas horas seguramente era un pijama y unas zapatillas. ¡Qué lejos estaban de imaginar semejante susto! Por suerte, el holocausto sólo se cebó en daños materiales. El drama
no es quedarte sin casa, sin ropa, sin papeles, sin fotos, sin libros, sin recuerdos… y sin futuro. El drama es preguntarte, ¿ahora qué? Pero la pregunta no es solo esa, ni tampoco ¿por qué a mí? La pregunta es... ¿Qué tengo que hacer? ¿Está bien hecho mi seguro? ¿me pagarán? ¿Hasta cuánto? Después de todos los esfuerzos para hacer realidad el sueño de tener casa propia bien vale la pena proteger lo que tanto costó tener. Las ventajas de un buen seguro se basan en recuperar el valor de los bienes afectados o perdidos y el sosiego de que un evento perjudicial no modifique tu calidad de vida, y nosotros estamos para asesorarte, acompañarte y defenderte siempre antes, durante y después de la compra de tu seguro y siempre estando a tu lado para defender tus intereses. Eres la razón de nuestro negocio.

Prohibir vincular hipotecas a seguros.

Cuando compres una vivienda vas a estar mejor informado sobre tu hipoteca y, además, estarás protegido contra los abusos financieros. El banco NO podrá obligarte a suscribir tu seguro de vida, tu plan de pensiones o tu seguro contra incendios. Tendrás plena libertad para escoger la compañía que consideres más adecuada. Hemos recibido con satisfacción esta iniciativa de la Unión Europea para impedir vincular la hipoteca con la
adquisición de seguros. La Directiva Europea todavía debe ser aprobada por el pleno del Parlamento y los estados miembros, que disponen de un período de tiempo de 2 años
para implementarla. Sin embargo, los corredores de seguros consideramos
que “cuanto antes se aplique mejor” porque te beneficia directamente. Sobre esta decisión de Bruselas puedes manifestar tu opinión y seguirnos en el hashtag de twitter, #segurolibre y #libertadparaelconsumidor.

¿Duermes tranquilo?

La difícil situación del país nos hace caer en la trampa de reducir costes en todo, sin embargo hay situaciones en las que supone un error recortar. Un restaurante puede reducir costes en la marca de la botella de agua, pero no puede hacerlo apagando las luces y, mucho menos, ahorrar en calefacción o aire acondicionado. Es una tontería desconectar la cafetera y encenderla solo si te piden un café porque consume mucho. La psicosis de recortar nos
hace cometer errores irreversibles, como en el caso de los seguros cuando declaramos menos valor del que corresponde. Esto se llama: infraseguro.

¡Que peligroso añadir más riesgos! Y lo peor… creer que tienes todo en orden. Porque si además de los riesgos naturales que existen, prescindes de un seguro en condiciones, lo único que consigues es empeorar el posible panorama en caso de siniestro. Si hoy la cosa está complicada, añádele otro factor a la fórmula.

Un infraseguro, para definirlo bien, supone que contratas una póliza y otorgas al bien garantizado un valor inferior al que realmente tiene. En efecto, aparentemente” te ahorrasun poco de dinero al contratar, pero te deja en el aire si algo llega a ocurrir.
Para explicarlo mejor, te voy a poner un ejemplo: tus muebles y enseres tienen un valor de 60.000 euros, pero los aseguras únicamente por 30.000 euros y ocurre un accidente. Te van a
indemnizar en la proporción que has asegurado, es decir un 50%. Pero tu error es creer que estás cubierto hasta 30.000 euros y no es así, porque en caso de siniestro te indemnizarán aplicando la misma regla proporcional.
En seguros tu no compras una póliza, compras una cobertura y para eso tienes que saber que no hacerlo correctamente tiene graves implicaciones.


Documentos imprescindibles en tu coche

Con el buen tiempo, somos muchos los que salimos a la carretera. Es posible que te encuentres con un control policial. Siempre debes tener a mano 3 documentos:
1.- Permiso de conducción. Es el carnet de conducir de toda la vida. Puedes sustituirlo por una autorización provisional de la Dirección General de Tráfico si estás tramitando o renovando el permiso.
2.- La licencia de circulación. Entre otros datos fundamentales, incluye la matrícula, la fecha de matriculación y el número de bastidor.
3.- Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo (ITV). Según la antigüedad de tu vehículo, también es obligatoria la pegatina de la ITV y su informe. En nuestro país es posible sustituir el original por fotocopia compulsada, pero si circulas por el extranjero, debes llevar siempre los documentos originales.

Recomendados
NO son obligatorios, pero SÍ recomendables: la póliza del seguro y el recibo de estar al corriente de pago y, también, el recibo de pago del impuesto municipal de circulación.

Seguros “raros

Los seguros más extraños de la historia suelen corresponder a la firma Lloyd´s de Londres. Algunos de ellos son:
1.- La sonrisa de Betty “la fea”, en más de 13 millones de dólares.
2.- Los dedos de Keith Richards (guitarrista de los Rolling), las piernas de la actriz Marlene Dietrich o la cintura de Bette Davis.
3.- Los pilotos de Fórmula 1 suelen firmar seguros de vida. Los más cotizados están en torno a los 65 millones de dólares y los de menor nivel en 650.000.

Las aseguradoras ofrecen depósitos con mayor remuneración que los bancos

El Banco de España se ha puesto “muy serio” con la captación de clientes por parte de entidades financieras a través de depósitos de alta remuneración durante este año 2013. La
recomendación” todavía no es oficial, pero SÍ es vinculante su puesta en práctica. Por tanto, los depósitos se han limitado a remuneraciones que, en todos los casos, están por debajo de la inflación.

Sin embargo, las compañías de seguros ofrecen rendimientos por encima de este indicador. Son depósitos de ahorro todavía poco conocidos, pero con rendimientos muy interesantes.

Además ante esta situación de incertidumbre resultan especialmente interesantes los productos de ahorro y de inversión que ofrecen las aseguradoras ya que en España los seguros de vida no son embargables (art. 88 Ley 50/80 de 8 de octubre), por tanto, si asistiéramos eventualmente a una quita de los depósitos, esto no afectaría a los productos
contratados en las Compañías de Seguros, que garantizan el 100% de la prima garantizada con todo su patrimonio.

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