miércoles, 21 de marzo de 2018

TRAVESURAS A CUBIERTO



El mes de marzo es el mes de Las Fallas y, este año, también el de la Semana Santa. Todo esto significa vacaciones y, con ello, niños y niñas con mucho tiempo libre. La suma de menores y vacaciones, en algunos casos, puede dar como resultado pequeñas -y no tan pequeñas- trastadas que acaben produciendo daños materiales o personales, pero ¿estamos cubiertos ante las travesuras de nuestros pequeños?

La respuesta puede variar. Por lo general, nuestro seguro de hogar incluye la responsabilidad civil familiar, lo que quiere decir que responde por las personas que conviven en la vivienda: cónyuge, hijos, animales e, incluso, empleados domésticos mientras estén realizando sus labores. De esta manera, el seguro nos cubre de los daños que estas personas puedan ocasionar a terceros, siempre y cuando no sean familiares directos, e independientemente de si están dentro de la casa asegurada o no.

Es imposible saber lo que pasa por la cabeza de un niño. Pueden jugar con un grifo y que la casa acabe inundada; quizás saquen a pasear al perro y, al no poder controlarlo, el animal provoque algún accidente; un pequeño partido en la calle puede terminar con el cristal de una casa o de una tienda roto; aprender a encender cerillas puede suponer el inicio de un incendio…

Todos estos desafortunados sucesos deben estar cubiertos por el seguro de hogar, aunque pueden surgir inconvenientes. La responsabilidad civil familiar hace referencia a daños que se produzcan de manera involuntaria, por lo que si, por ejemplo, se alega que el niño ha roto el cristal intencionadamente, el seguro puede no hacerse cargo. Para estos casos, se puede utilizar la asesoría jurídica, que también suele estar incluida dentro de nuestro seguro de hogar. Si tiene un hijo un poco travieso, consulte con su corredor de seguros para conocer sus coberturas y encontrar la póliza que mejor se adapte a sus necesidades.

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¿QUÉ ES EL PERÍODO DE GRACIA DEL SEGURO?



Hemos cambiado de cuenta corriente, puntualmente no tenemos saldo disponible, estamos con mil cosas en la cabeza y se nos pasa… puede haber muchos motivos diferentes por los que la aseguradora no pueda cobrar nuestra prima, pero la ley ya ha pensado en cómo proteger al asegurado en estas situaciones.

En el artículo 15 de la Ley del Contrato del Seguro se expone que la póliza queda suspendida un mes después del vencimiento de la prima. Es lo que se llama “período de gracia” y significa que, aunque no hayamos realizado el pago, la garantía del seguro sigue vigente durante un mes adicional.

Esto no significa que nos regalen un mes de seguro gratuito: el “período de gracia” está pensado para dar solución a un posible error o complicación en el pago, por lo que el nuevo contrato comenzará el día en el que venció el anterior, no cuando la aseguradora ingrese el recibo.

En el caso en el que el pago no se realice en un mes después del vencimiento de la prima, se suspenderá la póliza y dejaremos de estar cubiertos. Sin embargo, el contrato no estará totalmente extinguido. Hasta seis meses después del vencimiento de la prima, el tomador del seguro puede volver a activar la cobertura en 24 horas si abona aquella, teniendo que pagar solo el período en curso.

Si transcurridos esos seis meses no se ha efectuado el pago, habitualmente, la aseguradora da por extinguido el contrato, sin embargo, el artículo 15.1 de la Ley de Contrato de Seguros le permite reclamar la liquidación de la prima en vía ejecutiva. Por otro lado, según una sentencia del Tribunal Supremo, para que la aseguradora quede libre de la cobertura por responsabilidad civil debe acreditar “haber dirigido al tomador del seguro un correo certificado con acuse de recibo o por cualquier otro medio admitido en derecho que permita tener constancia de su recepción, por el que se notifique la resolución del contrato”.

Lo más recomendable es no esperar al último momento y preparar con antelación el pago de la prima o, por el contrario, avisar en tiempo y forma si no vamos a renovar el contrato. Además, todo será mucho más sencillo gracias a la ayuda de su corredor de seguros, quien seguirá de cerca cualquier incidencia relacionada con su seguro para que esté siempre correctamente protegido.

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miércoles, 21 de febrero de 2018

CÓMO CONDUCEN NUESTROS JÓVENES



La mayoría de los jóvenes intenta conseguir el carné de conducir en cuanto cumple la mayoría de edad, algo que les permite disfrutar de una mayor autonomía, sin embargo, el conductor joven y novel tiene una inmadurez que influye considerablemente en su percepción del riesgo; además, su inexperiencia supone una mayor dificultad para actuar correctamente ante situaciones difíciles de la conducción.

Ahora, el “II Informe sobre la juventud española al volante: Por qué es necesario ser prudente”, realizado por Unespa, nos permite conocer mejor la conducción de los jóvenes entre los 18 y los 35 años. El estudio expone que la posibilidad de que una persona que se encuentre en esta franja de edad tenga un accidente es 1,6 veces mayor que en el caso de los mayores de 35. Además, las personas que tienen menos de un año de carné tienen una probabilidad 3,7 veces mayor de tener un accidente que otra con más de 10 años de experiencia, y este dato se va reduciendo hasta el 2,1 en conductores entre los 5 y 6 años de carné, y hasta el 1,6 entre los que tienen entre 9 y 10 años de este permiso. Por sexos, la cantidad de accidentes leves es mayor en hombres que en mujeres, pero la cifra se equilibra si hablamos de accidentes graves (aquellos en los que hay algún muerto o herido).

También, según este estudio, las chicas de Soria resultan ser las mejores conductoras del país, ya que son las que presentan un menor índice de siniestralidad. Tras ellas, se sitúan las conductoras de Cuenca y Segovia. Entre los varones, los mejores conductores se encuentran en Segovia y en Soria.

En definitiva, es vital concienciar a nuestros jóvenes de la importancia de conducir de forma responsable y prudente, lo que se completa con el respaldo de un buen seguro de auto que responda ante cualquier incidente que se pueda tener.

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UN REGISTRO PARA QUE EL SEGURO DE VIDA SE COBRE



Hasta hace algo más de una década, en España, alrededor de la mitad de los seguros de vida quedaban sin cobrar por sus beneficiarios, simplemente porque los familiares desconocían que el fallecido hubiera suscrito uno.

Este desconocimiento no es nada infrecuente, ya que, además del seguro de vida contratado directamente por la persona, es posible haber suscrito en algún momento un seguro vinculado a la apertura de una cuenta corriente u otro producto financiero, sin haber prestado demasiada atención. También hay muchas pólizas que se hacen automáticamente al contratar otros productos y servicios, y que el asegurado puede ignorar: el pago de billetes de avión o de tren con tarjeta de crédito, la propia tarjeta, o los paquetes turísticos, entre otros, ofrecen una indemnización en caso de muerte.

Por eso, tras el fallecimiento de una persona, uno de los trámites a realizar es consultar el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Este Registro, que se puso en marcha en 2007 y depende del Ministerio de Justicia, permite a los interesados comprobar si el fallecido tenía algún seguro de vida, individual o colectivo, con cobertura de fallecimiento, así como un seguro de accidente que cubra la contingencia de la muerte del asegurado; y ha demostrado ser muy útil: solo en el año 2015 más de 170.000 personas conocieron la existencia de algún seguro de vida gracias al mismo.

Para saber si se es beneficiario de un seguro de vida en el Registro, se deberá formalizar una solicitud, de forma presencial o por correo, en las Gerencias Territoriales del Ministerio de Justicia o en Madrid, en la Oficina Central de Atención al Ciudadano. Si dispone de certificado electrónico, la
solicitud se puede hacer online en la Sede electrónica del Ministerio de Justicia. Por otro lado, las compañías de seguros están obligadas a comunicar al Registro todas las pólizas con cobertura de fallecimiento que sean contratadas. Así, en el caso de que hubiese testamento, las notarías están obligadas a informar de oficio a los herederos si el fallecido tenía seguro de vida. En estos casos será la notaría la que acceda al Registro de forma telemática, quedando exento el beneficiario de realizar este trámite.

El seguro de vida protege a los que más queremos y, según las coberturas contratadas, puede atendernos también ante una enfermedad, una incapacidad laboral... Su elección es una decisión de gran importancia para la que conviene contar con el mejor asesor: nuestro corredor de seguros.

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domingo, 7 de enero de 2018

CHEQUEO MÉDICO, PRIMER PASO PARA PONERSE EN FORMA



Tras días de excesos, de “sentadas” en mesas llenas de comida, dulces típicos, alcohol, etc., que pasan factura a nuestro estado físico, comenzamos el nuevo año con un propósito encomiable: alimentarnos mejor y hacer deporte para estar más sanos.

Efectivamente, el ejercicio físico es vital para conseguir un estilo de vida saludable, sin embargo, lanzarse a realizar un deporte cuando se lleva una vida sedentaria sin antes realizarse un chequeo médico puede resultar contraproducente.

Para hacerlo, conviene acudir a un médico deportivo que nos realice un completo estudio, con una amplia analítica para comprobar si se padece alguna anemia o se está falto de defensas, y analizar otros elementos como las grasas o el ácido úrico. También se deberán medir las constantes basales, es decir, las que se tienen en reposo; los índices corporales de talla y peso; y la tensión arterial. Igualmente, se realizará un análisis de la postura y movimiento del aparato locomotor, un electrocardiograma para conocer el estado de nuestro corazón, una espirometría, para medir la capacidad pulmonar, y, sobre todo a partir de los 45 años, una prueba de esfuerzo para analizar nuestra adaptación cardiaca al ejercicio y alertarnos de un posible riesgo cardiovascular.

Nuestro seguro de salud puede encargarse de realizar este chequeo especializado y también de tratarnos en caso de lesión. Además, existen algunos con coberturas específicas para deportistas, tanto profesionales como aficionados. Entre sus ventajas se encuentran el asesoramiento de un nutricionista, la posibilidad de contar con los consejos de un entrenador personal, o el cobro de una indemnización en caso de lesión. Para saber cuál es el seguro que se adapta mejor a sus necesidades, no dude en consultar con su corredor.

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NUEVOS INCENTIVOS PARA AHORRAR CON LOS PLANES DE PENSIONES



“La hucha de las pensiones se agota” es una frase que los españoles cada vez tenemos más presente. Con la mirada puesta en el futuro del sistema público de pensiones, el Gobierno de España está tratando de incentivar el ahorro finalista, es decir, el que se realiza para poder complementar la pensión pública de jubilación, con nuevas medidas para hacer más atractivos los planes de pensiones, especialmente entre los más jóvenes, para quienes la perspectiva de no poder contar con el capital aportado hasta la jubilación es un freno para su contratación.

Pero, ¿conocemos bien lo que implica contratar un plan de pensiones? A priori están indicados para ahorradores de cualquier edad, siempre que el perfil de inversión del plan de pensiones se adapte a las necesidades de cada persona: más arriesgado cuanto más joven sea, y más protector o conservador a medida que se acerca la edad de jubilación.

La principal ventaja de los planes de pensiones es su fiscalidad. Mientras el partícipe ahorra, esas aportaciones anuales están exentas de tributación hasta un límite de 8.000 euros anuales. Una vez rescatado el plan de pensiones el capital aportado y el beneficio obtenido tributan como rendimientos del trabajo en el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF).

Sin embargo, hay que tener en cuenta que todos incluyen comisiones de gestión y de depósito, un gasto que va restando rentabilidad al plan. Para que esto no sea un obstáculo a su contratación, y aquí empiezan las novedades, el Gobierno aprobará una rebaja de las comisiones máximas de gestión de estos productos en un 0,25%, hasta el 1,25% (frente al 1,50% actual) y la comisión máxima de depósito se situará en el 0,25%. Además, establecerá la liquidez total de los planes de pensiones a los diez años, cuando, hasta ahora, el dinero invertido solo podía rescatarse en el momento de la jubilación o en casos excepcionales, como estar en paro de larga duración o sufrir una enfermedad.

Con la gran cantidad de opciones que existen en el mercado y las sorpresas que puede esconder su letra pequeña, decidirse por uno no parece tarea fácil. Si está considerando ahorrar para la jubilación a través de un plan de pensiones, u otro producto similar, su corredor de seguros podrá asesorarle para encontrar el que mejor se adapte a sus necesidades y las de su economía.

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lunes, 11 de diciembre de 2017

LOS LADRONES HACEN SU AGOSTO EN NAVIDAD



En Navidades, muchas personas aprovechan para visitar otras ciudades o países, y las familias se reúnen. Estas circunstancias tienen en común ser momentos de alegría y, también, dejar muchas viviendas vacías que pueden ser un blanco perfecto para los ladrones.

Según el Informe “Estamos Seguros” de la patronal Unespa, en el que se analizan más de 800.000 robos en domicilios, el 5 de enero es el día en el que se sufren más robos en viviendas: uno cada dos minutos, aproximadamente; aunque agosto es el mes con mayor número de siniestros de este tipo, los meses de diciembre y enero le siguen muy de cerca, por lo que hay que extremar las precauciones.

Con estos datos, conviene contar con un buen seguro de hogar que nos proteja ante este desagradable incidente. A este respecto, debemos saber que no es lo mismo un robo que un hurto, y que no todas las pólizas cubren ambos casos. El robo implica el uso de la violencia (forzar una cerradura, romper una ventana…), mientras que el hurto supone una sustracción de bienes sin provocar daños, de modo que en función de las condiciones de seguridad de nuestra vivienda nos convendrá una póliza u otra. Asimismo, algunos objetos de valor podrían no quedar cubiertos por el seguro, necesitando uno específico, como ocurre con algunas joyas o con obras de arte.

Para ponérselo más difícil a los ladrones, conviene no cerrar completamente las persianas durante ausencias prolongadas y no comentar nuestros viajes ante desconocidos. Para mayor seguridad, se pueden colocar puertas blindadas o reforzar las bisagras con pivotes de acero y ángulos metálicos, así como instalar dispositivos de alarma; aspectos que podrían influir favorablemente en el precio de la prima.

Para encontrar la póliza que mejor se adapta a sus necesidades, no dude en contactar con su corredor de seguros, el personal idóneo para aconsejarle.

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