martes, 10 de febrero de 2015

Seguro contra incendios, una necesidad urgente

 Seguro contra incendios, una necesidad urgente
Valencia, 10/02/2015
La asociación Tecnifuego-Aespi ha avisado de que el número de incendios en casas ha aumentado. El balance de estos incidentes durante 2013, elaborado por la esta asociación, revela que, pese a descender el número de víctimas mortales, se ha producido un mayor número de incendios que en 2012, siendo el salón, el dormitorio y la cocina, por este orden, las estancias de mayor riesgo de fuegos. Los meses del año con mayor riesgo, más propicios para que se produzcan incendios en los hogares españoles son noviembre y diciembre y las principales víctimas son ancianos, principalmente en horario de madrugada.

Tecnifuego-Aespi realiza todos los años un seguimiento de los incendios en viviendas en relación con los sucesos acaecidos con víctimas, pero en España no existen datos oficiales sobre el número de incendios que tienen su origen en el hogar; nuestro país no dispone de estadísticas oficiales al respecto. Por ello es necesario una campaña de concienciación ciudadana para la prevención de incendios en los hogares españoles.

jueves, 5 de febrero de 2015

Nuevo Reglamento de Circulación 2015


Nuevo Reglamento de Circulación 2015 por una Europa más segura


Año Nuevo, Reglamento de Circulación Nuevo. En los próximos meses entrará en vigor una nueva reforma dictada por Bruselas para unificar a los países de la Unión Europea. El espíritu es incrementar la seguridad y fortalecer la convivencia dentro de los municipios entre vehículos a motor, bicicletas y peatones.

Bicicletas


En zonas urbanas, el límite de velocidad máximo es 30 km/h y será obligatorio llevar casco con menos de 16 años. En vías interurbanas, TODOS (mayores y menores de 16 años) estamos obligados a llevar el casco. Por supuesto que NO puedes beber, NO debes llevar auriculares y NO puedes hablar por el móvil.

Motocicletas y ciclomotores


Desaparece la no utilización del casco por “exención médica” y se prohíbe el uso de cascos “certificados” no homologados. Excepcionalmente pueden circular como acompañantes mayores de 7 años cuando estos vehículos estén conducidos por sus padres, tutor legal o mayores de edad autorizados.

Coches


Desaparecen las exenciones para los cinturones de seguridad que no estén justificadas por seguridad vial (maniobra de marcha atrás o estacionamiento). Los taxis cuando estén de servicio, y circulen en áreas urbanas de grandes ciudades, podrán transportar a personas cuya estatura no alcance los 135 centímetros sin utilizar un dispositivo de retención homologado, siempre que ocupen un asiento trasero.

Velocidad


Autovías y autopistas: sigue el límite genérico de 120 km/h aunque habrá tramos de 130 km/h indicados por paneles luminosos. No serán fijos ya que cambiarán según las condiciones de la carretera. 
Carreteras convencionales: Baja la velocidad de 100 a 90 km/h cuando sea de menos de 6,5 metros (antes se aplicaba la regla del arcén). Si la vía es de menos de 6,5 metros de ancho la velocidad pasa de 90 a 70 km/h. El último caso son carreteras estrechas sin líneas de separación cuya velocidad será de 50 km/h (antes 90 km/h).
Vías secundarias sin pavimentar: velocidad máxima de 30 km/h.
En vía urbana: bajará a 30 km/h si solo hay un carril en el mismo sentido y a 20 km/h en caso de que solo exista una acera en dicha vía.


Otros cambios


• Detección drogas. El procedimiento general será la detección de saliva en controles preventivos.
• Registro Apoderamientos DGT. Las personas físicas o jurídicas podrán inscribir los poderes que otorgan a terceros para actuar (en gestión de multas, cambios de titularidad…)


Cuidado! Tú tienes la culpa cuando atropellas a un animal ¡sí o sí!


Jueves, siete de la tarde y de noche porque estamos en invierno. Vas conduciendo tranquilamente por la carretera y cruzan 5 jabalíes: el padre, la madre y 3 jabatos. En alguna parte has leído que es mejor no dar un volantazo y continuar recto. Pisas el freno a tope y… ¡ZAS! Adiós familia de jabalíes y adiós a tu coche. Te encuentras bien.

Ha saltado el airbag y, aunque no te sale el susto del cuerpo, afortunadamente viajabas sólo porque el asiento del copiloto está destrozado.

Según la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial, introducida por la Ley 6/2014 “en accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas será responsable de los daños a personas o bienes el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas. No obstante, será responsable de los daños a personas o bienes el titular del aprovechamiento cinegético o, en su defecto, el propietario del terreno, cuando el accidente de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce horas antes de aquél. También podrá ser responsable el titular de la vía pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos.”

¡Ojo al dato! Un 94% de los conductores hemos visto animales en la carretera. La mitad nos hemos encontrado en situación de peligro por un animal y aproximadamente un 6% de conductores ha tenido un accidente, lo que supone más de 17.000 accidentes al año que han causado fallecidos y heridos graves además de daños materiales.

En la práctica, los conductores que sufran un accidente por esta causa, aunque no incumplan ninguna norma de circulación, no recibirán indemnización alguna si resultan heridos; en caso de fallecimiento tampoco la recibirán sus familias. Y además, serán también responsables frente a los ocupantes de su coche que resulten lesionados o muertos. En todo caso tanto para cubrir los daños propios de tu vehículo, como para cubrir al conductor hay soluciones que podemos ofrecerte. No dudes en consultarnos.